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Herederos forzosos

La legítima confiere a determinadas personas el derecho a obtener del fallecido un valor económico que este puede atribuirles a título de institución hereditaria, legado, atribución particular o donación, o de cualquier otra forma, teniendo en cuenta:

  1. La legítima es un derecho a obtener un valor económico de la herencia de la persona fallecida.
  2. El derecho a la legitima será independiente de que la persona fallecida haya hecho o no testamento y de su voluntad.
  3. El derecho a la legítima será un derecho de crédito por una cantidad determinada sobre el valor de los bienes hereditarios.
  4. El fallecido puede atribuir y pagar la legitima a través de la institución del heredero, del legado o donaciones. Si una persona tiene la condición de heredero pero, por esta condición, recibe menos valor económico del que le tocaría por la legítima, podrá completar su parte hasta alcanzar el valor correspondiente a la legítima.
  5. Los herederos habrán de responder del pago de la legítima.

No obstante gestionar una herencia comporta tener en cuenta muchos más detalles y nuestros abogados pueden ayudarte y asesorarte en la tramitación y toma de decisiones para evitar problemas futuros.